Algunas reflexiones sobre la configuración histórica de la ciudadanía

July 24, 2017 | Autor: J. Collazos Molina | Categoría: Political Science, Political History, Democracy, Citizenship And Governance, Citizenship, Globlization
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS Pregrado en Ciencia Política Ciudadanía: Debates Contemporáneos Jose A. Collazos Molina 22 de julio de 2014 Algunas reflexiones sobre la configuración histórica de la ciudadanía a. Las variaciones históricas en la relación ciudad, ciudadano y extranjero Según el texto de Rubio Carracedo, las primeras nociones de ciudadanía vienen desde la antigüedad griega donde, si bien no es lo más importante de las reflexiones, la polis viene a ser el lugar no solo de residencia sino de ejercicio de las virtudes éticas y dianoéticas para el servicio de la comunidad política. La virtud como eje de la educación cívica en la ciudad viene a ser una de las claves fundamentales de la consolidación de la ciudadanía griega. Posteriormente en el ámbito del cosmopolitismo, la ciudad rompe aquellas fronteras conceptuales para abrirse, como se explicará más adelante, al ciudadano del mundo que comparte una misma racionalidad connatural. En la Roma Clásica, la civitas es el centro y referente de la política y del poder. En ella no solo está la sede del gobierno y de las acciones militares del reino sino que se coordina la expansión del derecho y de las cuestiones públicas. Es en este contexto que las ciudadesrepública se tornaron en foco de resistencia a las lógicas feudales de servidumbre y de súbditos. La falta de cohesión en el modelo monárquico fundante dio paso a otros modelos de gobierno pues se difuminaron los verdaderos valores y principios a partir de la vinculación de diversas culturas pues “simplemente, los extranjeros que residían en una localidad durante un año se convertían en ciudadanos si lo deseaban. Ello es una muestra más de que la adquisición de la nacionalidad para los extranjeros tiende a imponerse para todos como condiciones de ejercicio de la ciudadanía política” (Castells, 2005: pág. 2). A partir de esta herencia republicana en occidente, se desata el éxito del modelo liberal representativo en la posteridad. Este modelo permeó los pequeños estados y sedujo con sus convicciones y promesas de libertades a los estados modernos. La burguesía creciente, que desplazaba la figura feudal, toma las riendas de las rutas y las transacciones comerciales, sumado a la influencia del modelo de representación indirecta para encaminar la capacidad decisoria especialmente en poblaciones que por su extensión no podían participar del debate público. Asi, sumado al modelo de voto censitario, la burguesía asciende al poder y lo controla alejándo la participación del pueblo en las decisiones políticas. La revolución Francesa logró la “plena ciudadanía: es decir, los derechos civiles (todos iguales ante la ley), los derechos políticos (el derecho de voto y el de la participación de los individuos en la política) y los derechos sociales, que implicaba una perspectiva de igualación en

las condiciones materiales de la vida” (Castells, 2005: pág. 1). Como se explicará más adelante. Aquí la cuestión es aquella en la cual el repertorio de derechos va tomando forma material en la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano que dotaba al sujeto de plena libertad para “ser” y “ejercer en la sociedad”. Para este momento “la ciudadanía no es ni más ni menos que eso: el ejercicio de la libertad en sociedad” (Castells, 2005; pág. 1). b. El problema de la escala poblacional y el ejercicio de la democracia directa El modelo ya citado de vinculación de extranjeros al ámbito de la ciudad lo que aumentaba la cantidad de la población y las dinámicas propias de natalidad hacían de las ciudades-estado y las ciudades-república centros urbanos de poblaciones que eran incompatibles con los proyectos de democracia de Pericles o incluso los ideales aristotélicos de una comunidad política pequeña la cual contara con las facilidades para que se abriera el debate público de las cuestiones inmanentes a la polis. Es lógico considerar un ágora, entendido como espacio físico en el corazón de la ciudad, para una población superior a la de un par de miles de habitantes, y más que la contención el problema radica en que tan eficiente seria el proceso de deliberación. Para el proyecto de la democracia directa es imprescindible el uso de la palabra de quienes estaban habilitados para ello. El ciudadano toma la palabra y expone su argumento al momento de la creación de la ley o en general los asuntos de la polis. Por tanto, una comunidad política de más alta densidad poblacional entorpecería el proceso de participación directa, por lo cual solo algunos privilegiados o aquellos que en primer lugar tomaran la palabra podrían hacerlo a modo de Pericles. El resto quedaría relegado al silencio y, más que a la representación a la sumisión de su argumento por debajo del que habla. Así, el modelo de democracia directa se torna ineficiente y viene a ser reemplazado, ya desde la Roma Republicana por un modelo parecido a la democracia representativa, diferenciado en que el sujeto dotado de capacidad decisoria es el ciudadano, o mejor el cuerpo de ciudadanos que tienen la última palabra a partir de las deliberaciones que sostiene su senatus. Definición y explicación de las tensiones y relaciones que pueden identificarse entre algunas nociones de la ciudadanía a. El ideal clásico de la ciudadanía y La noción moderna del ciudadano El ideal clásico de la Ciudadanía viene a ser descrito (en clave de sí) por José Rubio Carracedo, quien describe, a través del análisis de las diferentes etapas de la ciudadanía en la antigüedad, las características propias de esta construcción histórica. La ciudadanía es el ejercicio de la palabra en el ἀγορά. Solo los hombres, pertenecientes a la aristocracia o a la clase noble estaban facultados para generar y participar en los debates públicos acerca de la polis. Este ciudadano cuenta con la isegoria (igualdad en el agora) y la isonomia (igualdad ante la ley). En primera instancia, el ciudadano de la polis griega es aquel que es nacido en el territorio, que sirve a la patria y que participa de los asuntos públicos.

La lógica expansionista de Roma generó dinámicas diferentes entre las que se cuentan la concesión de la ciudadanía a los extranjeros que cumplían una labor de servicio a los intereses del imperio y que no necesariamente hubiesen nacido en el territorio. Aquí, la cuestión por la representación hace del ejercicio público de la palabra un ente más de observación y aprobación. Esto se infiere de Carracedo cuando enuncia que en el senado la última palabra la tenía el pueblo que observaba desde la tribuna lo debatido por sus representantes. Este paradigma clásico se mantuvo, entre matices, hasta finales del siglo XVII, donde las dinámicas propias de la Revolución Francesa llevaron a una nueva noción de ciudadanía “en la medida en que el Estado concedió a los individuos que lo integraban el derecho al disfrute de las libertades fundamentales, reflejadas en un conjunto de reglas jurídicas y políticas que las avalaban” (Castells, 2005; pág. 2). La noción moderna de ciudadano corresponde a aquella en la cual el sujeto se dota de concesiones y libertades a modo de derechos derivados de principios como los de “universalidad, igualdad, […] individualidad [y] abstracción” (Guerra, pág. 41). La concepción del hombre moderno es aquella que corresponde a una doble tensión que pareciera antitética: la universalidad y la individualidad. La tensión se halla en la reconsideración del ideal estoico de la ciudadanía cosmopolita, en la cual la noción moderna de ciudadano tiende a la vinculación del género humano por medio de la razón y de los derechos fundamentales declarados por la misma revolución. En continuidad la individualidad denota el egocentrismo de lo político, pues es en el sujeto quien recae la acción de los derechos y en quien se materializa el ejercicio soberano de los mismos. El hombre, y no Dios, es de quien emana todo poder y quien por medio del ejercicio democrático condensa las expectativas frente a sus representantes. Es por excelencia el órgano decisorio y de control que expresa lo sentido como parte de su pertenencia – y del reconocimiento- de la voluntad general. Así el hombre “moderno es un componente individual de una colectividad abstracta” (Guerra; pág. 42). Otra tensión radica en qué tan democrático es el individuo en esta nueva sociedad posrevolucionaria. El grito de la universalidad de los derechos del hombre y del ciudadano devienen censitarios en tanto, según lo expresado por los autores como materialización de la nueva democracia, el voto es reservado a ciertos estamentos que cumplían con ciertas características tales como: el votante ha de ser varón, padre de familia, caucásico, burgués e ilustrado. El resto, como lo indica Carracedo, son excluidos del sistema electoral pues se consideraba –al igual que en la antigüedad- que carecían de las virtudes-facultades para expresarse `correctamente` en las consultas populares, reproduciendo dinámicas de poder y esquemas de superioridad que se replican hasta la actualidad (Quijano, 1992). b. El ciudadano de la cosmópolis (Estoicos) y la figura del ciudadano de la protección legal (Roma) Según describe Carracedo, el cosmopolitismo nace del reconocimiento de una razón común a todos los seres vivos que participan de un alma (Carracedo, 2007:35) y por tanto

reconociendo esa naturaleza común se declara “La fraternidad de todos los hombres, e incluso de todos los vivientes, en diferentes grados. (…) la mera ultima del estoicismo, especialmente en la versión romana es la de la res publica universalis, esto es, la comunidad universal de derechos, la única que permite la realización completa de la condición humana” (Carracedo, 2007:36). Una de las principales tensiones del proyecto cosmopolita es el aspecto moral, y en el aspecto legal de Roma, sede de la justicia internacional a través del “derecho de gentes” “vigorizando la ciudadanía cosmopolita –que más adelante llevara al fenómeno de la globalización-, en las distintas fases del cosmopolitismo y del humanitarismo “en las relaciones imperiales con su apogeo en las políticas de marco Aurelio de establecer tratados de amistad y colaboración en los pueblos vecinos” que finalmente fracasó. Este hecho es entendido desde la pluralidad de pertenencias que resultó conflictiva en el ciudadano: el estoico “responde a una doble ciudadanía: a la de su comunidad local y a la cosmópolis”. Aunque el proyecto original consistió en que “no descuides tu identidad personal pero crece con el mundo”. Llevar los círculos hacia el centro motivo el desarrollo de la ciudadanía republicana donde el sujeto es beneficiario de la protección legal. El cives romano es el individuo nacido en Roma o que prestaba servicios a la ciudad-estado y por tanto adquiría el derecho de participar en los asuntos públicos y de los debates que se sostenían. La última palabra del Senado, órgano colegiado y constituido como representación del pueblo, era tomada por los ciudadanos. La tensión se halla en que las teorías que apuntan a esta noción de ciudadano como aquella únicamente otorgada a los nacionales se enfrenta con la realidad del principado y su extensión de las colonias en el oriente medio y el norte de áfrica, pues el pueblo del imperio romano, no necesariamente nacido en Roma, reclamaba garantías en forma de derechos para evitar los esquemas que les resultaban desfavorables y que eran los existentes en estas comunidades periféricas. c. La figura del ciudadano-vecino y el ciudadano individual (contexto independentista americano) El ciudadano vecino es considerado para Guerra (El Soberano y su reino: Reflexiones sobre la génesis del ciudadano en América Latina, 1999) como aquel que ostenta una condición especial en el reino pues es “miembro de pleno derecho de una comunidad política dotada de privilegios fueros o franquicias. (…)”. El ciudadano vecino no es el extranjero “ni tampoco entre los vasallos del rey, los que dependen de un señor laico o eclesiástico”. Caracterizado por la notación local y la lista de privilegios que lo acompañan, el título de “ciudadano-vecino” es toda una distinción. Como lo apunta también Cristóbal Aljovín de Losada («Ciudadano» y «vecino» en iberoamérica, 1750-1850: Monarquía o República, 2009) la noción de ciudadano

“hasta casi 1808 era un concepto inseparable de «vecino». Ciudadano/vecino implicaba un hombre con ciertos privilegios y cargas en el mundo local. Usualmente, en el Antiguo Régimen el término más utilizado era «vecino» y abarcaba a un mayor número de personas. Posteriormente, ciudadano y vecino se iban diferenciando, y sus significados comenzarían a contener cargas semánticas diferentes. Ello no impidió que la relación entre ambos términos persistiera de modo peculiar durante buena parte del siglo XIX (Pág. 180).

Estas mismas concesiones, como “gozar de un estatuto privilegiado” implican necesariamente dinámicas de desigualdad. En primera instancia, como lo expresa Guerra, la desigualdad negativa se da con referencia a los que no son ciudadanos, y posteriormente entre la misma elite de “vecinos”. Al ser un concepto abstracto materializado en una condición particular, no existe un “espíritu del vecino” o vecinazgo como lo nomina el autor, y por tanto “este estatuto (de privilegios) depende de los derechos específicos de la comunidad a la que se pertenece” (Guerra, pág.: 43-44) El ciudadano individual es el proyecto más grande de la concepción de ciudadanía moderna. El egocentrismo, que desplazó la pregunta por la organización socio-política a partir de la teología” se instaura como uno de los paradigmas fundamentales de las sociedades liberales. Las revoluciones liberales entendieron que en el centro de la reflexión debía estar el individuo, pues la voluntad general no es más que una agrupación voluntaria de individuos iguales ante la ley y en derechos1. El reconocimiento del individuo como sujeto de derecho viene a problematizarse en el espectro de la democracia representativa. “La primera condición para que la voluntad individual pueda expresarse es que todos los que son ciudadanos, y sólo ellos, puedan efectivamente votar, lo que supone la existencia de un padrón electoral imparcial” (Guerra) alejada del comunitarismo. La tensión de la concepción del ciudadano individual radica precisamente en el campo de la representación y las elecciones, puesto que el voto, como manifestación popular y cuyos resultados materializan la voluntad general vino a ser objeto de exclusiones y de fraudes. El hecho de que individualmente se recogiera el parecer respecto a los representantes, dio paso a que una elección tuviese el adjetivo de corrupta por las falencias existentes en el sistema. Si bien, para este momento el voto “no es público, puesto que no es en principio conocido por los otros miembros de la junta electoral” abrió paso a movimientos de desobediencia, por la falta de legitimidad de los procesos, en primer lugar porque se ponía en tela de juicio el escrutinio porque la modalidad de voto oral reservado a los analfabetas y a los indígenas era “conocido por los miembros de la mesa” (Guerra, pág. 50) por lo que la cohesión social buscada por medio del reconocimiento de las individualidades se viera cuestionada por el surgimiento de nuevas ciudadanías revolucionarias y resistentes al modelo moderno. 1

Esto con los mencionados matices ya nombrados respecto a la ciudadanía frente al modelo censitario que tardíamente vino a superarse en algunos aspectos como el voto femenino y el de clases sociales pobres.

d. El ciudadano revolucionario y el ciudadano del antiguo régimen (Contexto de las revoluciones liberales) Lo antiguo, a partir de las nuevas nociones de colonialidad, no responde necesariamente a lo mejor. Esta idea no se escapó de la construcción del ideal de ciudadano del Antiguo Régimen. Para superar este estado en el cual no puede considerarse la ciudadanía más allá de la noción de “siervo” que es obediente a las disposiciones de su rey y de su señor. Las lógicas de esta ciudadanía tan ambigua son incompatibles con las generadas a posteriori, pues la servidumbre viene a ser reemplazada por la ciudadanía moderna. Fueron los revolucionarios franceses quienes vinieron a acuñar la figura del ciudadano moderno “plantearon el horizonte de los derechos que se debían alcanzar para la obtención de una plena ciudadanía” (Castells, 2005). El ciudadano revolucionario logro la configuración de una nueva idea de ciudadanía. En esta, cada individuo estaba dotado de derechos civiles, que los igualaban ante la ley; derechos políticos, por medio de los cuales participaban los individuos en la política y accedían a ella por medio del derecho al voto; y derechos sociales, que tendían hacia la igualación de las condiciones materiales de vida de los ciudadanos. Uno de los hechos de tensión de esta ciudadanía revolucionaria se halla en que “Los revolucionarios franceses, que quisieron legislar no sólo para Francia o para Europa, sino para toda la humanidad” buscando la implantación de la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano como nueva ley regente para todo el orbe. Sustentados en que el nuevo orden político propagado por la revolución era producto de la razón humana, marcaron el inicio de una etapa novedosa para las gentes “la de los hombres y sus derechos” (Castells). Se configura en problemático por las reconocidas campañas emprendidas por Napoleón, donde en busca de la implantación de un orden de derechos se pasaron sobre esos que ellos mismos defendían. Tras el paso de Napoleón y sus tropas se evidenciaron las masacres de aquellos indóciles a la revolución, enemigos de la democracia y de la voluntad general. Estos aires libertarios de los franceses fueron resistidos por España, que resulto vencida y gobernada por el hermano de Napoleón: José Bonaparte, y sus ecos criticados y alertados por Bolívar desde tierras americanas. El contexto de transición al modelo liberal de la ciudadanía a. El sentido y las implicaciones en el contexto moderno del “monopolio de la ciudadanía” y “el secuestro de la voluntad ciudadana por las élites” Irene Castells se refiere al monopolio de la ciudadanía como aquel dominio que se ejerció sobre la condición del ciudadano por parte de una élite que no solo teorizó el concepto sino que devino otorgador de la misma. Para Castells no se puede hablar de ciudadanía plena incluso desde la revolución francesa pues se reserva la categoría-condición a un sector privilegiado que solamente reconocía de entre los individuos a varones blancos mayores de edad y burgueses para asumir las responsabilidades que esta traía.

La categoría de Ciudadano conlleva a que el repertorio de deberes y derechos, cuestión novedosa en el sentido del reconocimiento legal de las libertades –al menos en su ideal teórico-, convierta a la libertad en jaula de Hierro, donde las libertades negativas, creadas a partir de la razón de estado y de la voluntad general coaccionan y obligan incluso a quien ni ha participado en la creación de las normas ni se siente cobijado por las mismas. El papel de decidir viene, como producto de la representación, a ser suplido por una élite –gobernante o económica- que toma las riendas del poder. Asimismo Carracedo describe el secuestro de la voluntad ciudadana por las elites, haciendo referencia a que la cuestión de la soberanía popular que pierde protagonismo y peso en la discusión, transferida al acuñarse este modelo de representación bajo el ideal de cesión de la voluntad y transferencia de la capacidad decisoria al mismo cuerpo que se convierte en el creador de las normas y leyes. b. Las condiciones históricas, sociales y políticas que determinaron el debate entre la construcción de la ciudadanía y la identidad nacional en el marco de: la “soberanía interna” de los franceses (revolución francesa), la “soberanía externa” de los españoles (Cortes de Cádiz) y la relación de éstas con la génesis del ciudadano en el contexto independentista americano. Francia reconoció la importancia de afirmar una identidad nacional basada en el reconocimiento del conflicto interno, entendido como las dinámicas que se desarrollaban en tanto a la nación frente al rey. El reconocimiento de la nación, y la reafirmación de la misma. Este proceso implica como enuncia Guerra “una demanda social por lo menos en el seno de las elites” es decir a partir de la persistencia de aquellas construcciones de necesidades y de ideologías al interior de la sociedad. “La mutación cultural y política que se produce a partir de entonces no resulta de una maduración endógena, sino que ha sido impuesta por circunstancias exteriores y, en gran parte, inesperada” (Guerra, 1999). Para el francés el centro de lo político es su propia nación, sus conciudadanos, y por tanto la reflexión se trenza entre el reconocimiento de la voluntad general de la que son parte. Por otro lado, en España los esfuerzos se concentran en la soberanía externa, es decir la centralidad se torna a las relaciones entre España y sus colonias principalmente en América. El problema cultural, étnico, religioso, político, académico… propio de la época entre la España y América viene a tratar de ser dirimido por las cortes de Cádiz en estas “discusiones sobre la futura Constitución, las principales divergencias entre diputados españoles y americanos siguen remitiendo a estas dos concepciones de la nación [interna y externa]. Incluso cuando parece discutirse sobre derechos individuales, más allá del registro moderno en el que los diputados americanos fundan a veces sus argumentos, lo que sigue siendo fundamental es la reivindicación de la igualdad de representación entre los dos continentes y la justa representación de las provincias” (Óp. Cít.). Es así como los intereses de las partes se ven atravesados por los asuntos de la ciudadanía según el modelo demócrata y liberal en busca de la consolidación del ciudadano como sujeto de derechos y de libertades.

A partir de este contexto, la búsqueda de la implantación de un régimen mundial de libertades y la búsqueda de derechos desde el debate en Cádiz, hallan convergencia, en tanto desde las dos perspectivas, se busca el establecimiento de garantías y deberes característicos de los ciudadanos, es decir, desde la soberanía se busca reivindicar aquellos derechos que desde el antiguo régimen venían siendo opacados por las monarquías en un modelo de servidumbre. El nuevo ciudadano es entonces aquel dotado de derechos y deberes que en la vida pública ejerce su soberanía materializada en el ejercicio democrático para manifestarse, al menos indirectamente, en los asuntos que le conciernen como ciudadano. La construcción de la ciudadanía colombiana inmersa en la experiencia colonial: diferentes tipos y narrativas de ciudadanía sobre Colombia en el siglo XIX. “La construcción de la ciudadanía está asimismo inmersa en la experiencia colonial. Aníbal Quijano (2001) se refiere a esta experiencia como la ‘Colonialidad del poder, la cual clasifica a la población del planeta en jerarquías raciales; estas jerarquías se insertaron y aún continúan en relaciones económicas, laborales, sexuales, de autoridad y, en general, en estructuras de conocimiento” (Rojas, 2008: 298). Este argumento de Cristina Rojas abre el debate acerca de la ciudadanía, no como un estatus que se ha logrado sino como una condición que responde a las necesidades y a los contextos que va creando el transcurrir de la historia. A partir de ello, en el contexto colombiano, la colonialidad gestó imaginarios que ponían por encima de una escala de posicionamiento al hombre ilustrado, que por medio del modelo comparativista de la racionalidad moderna (Quintero, 2013), estableció criterios para encaminarlos al desarrollo a la manera de desposesión de cultura incompatible con su patrón de poder y por tanto rebajada en la escala de desarrollo. Así, reconociendo estas dinámicas, cada una de las etapas de la construcción histórica de Colombia fue consolidando las narrativas de ciudadanía que pueden sintetizarse en lo siguiente: Ciudadano patriota: Luego de la independencia la noción de ciudadano se vincula al rescate de las libertades y concesiones del pueblo frente al poder colonizador español, es decir, un intento decolonial de recuperar los sentimientos que se hacían nación y patria. Este interés por la patria y por la tierra, dan razón del sentimiento ligado al pasado con tendencias a sostener lo ya adquirido, incluso en medio de los procesos revolucionarios para progresar en una difícil gesta emancipadora que le permitiera al ciudadano recuperar aquellas raíces nobles y cultas que había aprendido. Ciudadano civilizado: Sumido el poder Español en el reconocimiento de su “perdida” de colonia, deja de lado la provisión de aquel imaginario contra el que se enfrenta esta ciudadanía. Ya superada la melancolía de la corona española se inician dinámicas sociales que abren camino hacia la continuidad de la civilización, entendida como la inserción de recursos y avances de la ciencia y la técnica para facilitar las labores y aumentar el bienestar de los ciudadanos. Un

ejemplo de ello es la inserción de las primeras máquinas de tejer y maquinas a vapor en la segunda mitad del siglo XIX. Ciudadano soberano: La represión a la que la colonización española sometió al pueblo, dio paso a semillas revolucionarias que continuaban o desarrollaban el proyecto liberal. El centro del mismo está en el individuo, sujeto que va acompañado del adjetivo “soberano”. Este es aquel sujeto de derechos y deberes que es incluido en la vida política, educado y regulado por las normas y las leyes proveídas por el gobierno. Esta fue una de las reivindicaciones para reemplazar y subsanar el exceso de poder y el abuso de autoridad del antiguo régimen. Ciudadanía Virtuosa: A finales del siglo XIX, y bajo iniciativa del partido liberal preocupado por la falta de unidad nacional (derivada de factores como la geografía y el intercambio comercial), se inició una reforma, aceptada incluso por algunas facciones del partido Liberal, denominada la Regeneración, como una campaña puesta en marcha para suprimir la anarquía frente al orden público. El ciudadano virtuoso es aquel observante de las leyes centrales y por tanto en el ejercicio de las mismas encuentra la virtud que protege y corrige los brotes que atentaban contra el proyecto de unificación y centralización. Ciudadanía Desinfectada: A comienzos del siglo XX en Colombia, se hizo notable la idea colonial de la raza y la jerarquización de la sociedad por medio del mismo instrumento. Este patrón de clasificación-discriminación, generó en el seno de la república movimientos que solo responden a la racionalidad de la época y a los intereses expansionistas y acaparadores de las elites gobernantes. Se ponen en marcha, bajo la influencia de teorías positivistas y eugénicas, programas de salubridad pública en la cual se buscaba por muchos medios el blanqueamiento de la raza por medio del mestizaje, mezcla paulatina de los genes colombianos con los de extranjeros. Para lograr este imaginario se desarrollaron distintas convenciones y tratados que permitieron que “la raza superior” blanqueara la nuestra, legitimando este hecho las políticas descabelladas para nuestra lógica pero que respondían a las dinámicas del contexto que buscaba competitividad, progreso y desarrollo para llamar la atención de otras naciones y sus inversiones. Bibliografía Aljovín de Losada, C. (2009). «Ciudadano» y «vecino» en iberoamérica, 1750-1850: Monarquía o República. En J. Fernández Sebastián, Diccionario político y social del mundo iberoamericano (págs. 179-198). Madrid: Fundación Carolina - Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales - Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Castells, I. (1 de mayo de 2005). La ciudadanía revolucionaria. Recuperado el 21 de julio de 2014, de sitio web de Erytheis, Revista electrónica de estudios en ciencias humanas y sociales: http://idt.uab.es/erytheis/castells_es.htm

Guerra, F.-X. (1999). El Soberano y su reino: Reflexiones sobre la génesis del ciudadano en América Latina. En H. Sabato, Ciudadanía política y formación de las naciones: Perspectivas históricas (págs. 33-93). México: El Colegio de México - Fideicomiso Historia de las Americas - Fondo de Cultura Económica. Quijano, A. (1992). Colonialidad y modernidad-racionalidad. En H. Bonilla, Los conquistados: 1492 y la poblacion indigena de las Américas (págs. 437-447). Quito: FLACSO - Libri Mundi. Quintero, P. (2013). Desarrollo, Modernidad y Colonialidad. Revista de Antropología Experimental(13), 67-83. Rojas, C. (2008). La construccion de la ciudadanía en Colombia durante el gran siglo diecinueve 1810-1929. Poligramas(29), 295-333.

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